Conocimiento asesor diario

Ningún español o extranjero que hable solo español podrá ser discriminado en la atención a los desempleados

Esto afectará a los servicios de empleo de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos, y por las agencias de colocación, públicas y privadas, con y sin ánimo de lucro, que colaboren con las administraciones en este fin. Al final, el Gobierno ha trasladado el sentido común a las enmiendas que ha presentado a la Ley de Empleo, que ha iniciado su tramitación en el Congreso de los Diputados.

Son varias las enmiendas a la ley en las que el Gobierno añade nuevos derechos de los ciudadanos a los que ya había en la norma, a su entrada en el Congreso de los Diputados, que defienden la igualdad y, por lo tanto, el derecho de los desempleados a no ser discriminados por varias razones. Entre ellos, "por razón de lengua, dentro del Estado español". De hecho, forman parte de "los principios rectores de la política de empleo" que inspiran la norma, que reforma las políticas activas [de apoyo a la ocupación] y crea la nueva Agencia Española del Empleo, que sustituirá al SEPE. Junto con los servicios de las comunidades autónomas, la agencia formará parte del Sistema Nacional de Empleo.

En este contexto, la coalición de Gobierno, PSOE-Unidas Podemos, ha firmado todas sus enmiendas a la norma en el Congreso de los Diputados, para incluir que los desempleados tampoco pueden ser discriminados en la atención de los servicios públicos de empleo por su "opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español".

Por lo tanto, los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas con otra lengua oficial, como Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Islas Baleares o País Vasco, no podrán discriminar a ningún ciudadano español o extranjero que hable la lengua del Estado y recurra a ellos para buscar trabajo. Ni tampoco podrán hacerlo los ayuntamientos ni las empresas públicas y privadas de colocación, siempre que busquen colaborar con los servicios públicos de empleo. Entre ellas, las empresas de trabajo temporal. Todos los españoles hablan la lengua del Estado y, con ella, tienen derecho a que los servicios públicos de empleo les atiendan en toda España. Es un derecho y un deber constitucional.

El artículo 3.1 de la Carta Magna dice lo siguiente: "El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla". Igual que el punto 2 del mismo artículo de la Constitución dice: "Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas comunidades autónomas de acuerdo con sus Estatutos". Es decir que, según la Constitución, todos los españoles tienen derecho a recibir atención en castellano en todo el país, y todos los ciudadanos de las regiones con lengua propia tienen derecho a que se les atienda en la lengua de la comunidad autónoma, como, de hecho, ya ocurre.

Los mismos derechos tendrán los extranjeros que aprendan el español, el catalán, el euskera, el gallego o el valenciano, en las respectivas comunidades autónomas. Por eso la norma dice "por razón de lengua dentro del Estado español". Es necesario recalcar que entre los colectivos que tendrán atención prioritaria para las políticas de empleo estarán los inmigrantes y los solicitantes de protección internacional.

La enmienda es especialmente oportuna cuando los gobiernos de algunas comunidades autónomas y ayuntamientos, con otra lengua cooficial marginan la enseñanza y el uso de la lengua española. Y todas ellas con el apoyo del PSOE. Es decir, del socio mayoritario del Gobierno central. En Cataluña, ERC ha pactado con el PSC que el español no sea lengua vehicular en la enseñanza e incumplir la obligación de que, al menos, un 25% del horario lectivo se dé en españoles. El Tribunal Constitucional está estudiando un recurso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la última ley del Ejecutivo autonómico que busca burlar el límite del 25%. El Gobierno central mira hacia otro lado y, por lo tanto, incumple en Cataluña el citado artículo 3.1 de la Constitución.

Por lo tanto, en cierta manera, en las enmiendas a la Ley de Empleo, el Gobierno repara su error inicial en la norma. Es más, los gobiernos del PSOE en Islas Baleares y la Comunidad Valenciana también están cerrando espacios al español, y muchos profesionales de la medicina y de la enseñanza tienen que trasladarse a otras comunidades autónomas.

La Ley de Empleo permite que sólo los jóvenes tengan un privilegio "en la configuración de condiciones de trabajo y empleo específicas" para ayudarles a encontrar trabajo. Así ocurrirá "en tanto que la tasa de paro juvenil -del 30%, entre 16 y 25 años- no se equipare a la tasa de desempleo total -12,6%- si están justificadas" las condiciones específicas. "Resultan adecuadas y necesarias para favorecer el acceso y la consolidación del empleo de los jóvenes".