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El plazo para el ingreso de las diferencias de cotización derivadas de la Orden de cotización de 2021 se amplía hasta el 30 de junio de 2022

Orden PCM/121/2022, de 24 de febrero, por la que se modifica la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional para el ejercicio 2021.

Mediante esta Orden PCM/121/2022, con entrada en vigor el día 27 de febrero, se modifica la Orden de cotización para 2021 (disp. trans. 2ª.1) para ampliar el plazo inicialmente previsto para poder ingresar sin recargo las diferencias de cotización que se hubieran podido producir como consecuencia de su aplicación respecto de las cotizaciones que se hubieran efectuado a partir de 1 de septiembre de 2021. De este modo, el plazo que expiraba el 28 de febrero de 2022 se amplía hasta el 30 de junio de 2022.